A propósito del auto de fecha 14 de julio de 2023 del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Barcelona (medidas cautelares coetáneas 53/2023)
En una entrada anterior tuve ocasión de manifestarme acerca de la labor didáctica del juez. Destacaba entonces la importancia que supone no solo impartir decisiones basadas en la ley sino también de ofrecer una explicación persuasiva que contribuya a la formación de una conciencia jurídica más sólida y consciente en el individuo involucrado en el proceso legal. En este sentido, venía a significar que la sentencia debe tener como objetivo primordial convencer, no tanto al abogado, sino al propio litigante, para lo cual resulta esencial que se la conciba no solo como una herramienta legal para dirimir controversias sino también como un instrumento didáctico.
Cara a una psicología social preocupada en perfeccionar los mecanismos de interacción y de control y por erradicar dentro de lo posible la falta de muchos mecanismos de equilibrio social, no es lo mismo una sentencia que para fundamentar su decisión invoque simplemente una norma, añadiendo tal vez algunas opiniones hermenéuticas del Tribunal Supremo, que otra sentencia que intente persuadir humanamente al que pierde o se ve afectado de alguna manera por su fallo.
Esta función didáctica se vuelve todavía más esencial y delicada cuando la decisión judicial involucra a niños y adolescentes. Si el lenguaje legal resulta la mayor de las veces de por si inaccesible para la ciudadanía común, esta brecha se agranda más cuando afecta a este sector mucho más vulnerable de la población. La adaptación del lenguaje jurídico a un formato comprensible y a su vez y sobre todo mucho más empático es esencial para garantizar que los niños y adolescentes involucrados en procesos judiciales comprendan plenamente las decisiones que afectan a sus vidas.
En esta línea de propósitos me ha llamado la atención el auto de 14 de julio de 2023 del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Barcelona (medidas cautelares coetáneas 53/2023). Más allá de los detalles específicos del caso en cuestión, su interés radica en la transformación de su ratio decidendi de un lenguaje jurídico convencional a un formato de fácil comprensión y, especialmente, empático, propósito al que va destinado su fundamento jurídico octavo. Su redacción, que transcribo a continuación, está adaptada para al adolescente afectado por el caso con un lenguaje sencillo pero a la vez reconfortante, con frases impregnadas de un alto grado de sensibilidad que logran transmitir al leerlas la idea de que el pronunciamiento final ha sido realizado por alguien con «rostro y ánima humana».
Síntesis de la decisión para MMM
De conformidad con la Carta de Derechos de los Ciudadanos y del derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles para sus destinatarios, esta Juzgadora emitirá la siguiente comunicación en un lenguaje de fácil comprensión con el ánimo de explicarle al adolescente la decisión que se ha tomado en este procedimiento.
Apreciado MMM
Mi nombre es Isabel y soy la jueza que ha decidido sobre dónde y con quién tienes que vivir. Los jueces y las juezas tenemos la obligación de proteger los derechos de los niños y las niñas y me gustaría explicarte la decisión que he tomado de forma que puedas entenderla.
Lo primero que quiero decirte es que he decidió que sigas viviendo con tu mamá.
Sé que has sentido miedo en la escuela y en el instituto, lo que te ha hecho sentirte muy mal e incluso faltar a clase por temor a que te hicieran daño. También sé que te sientes protegido al lado de tu mamá y que quieres seguir viviendo con ella porque ella te cuida y te quiere.
Debes saber que has sido muy valiente explicando lo que te ha pasado en la escuela y en el instituto, es lo que me ha permitido saber qué te ha hecho sentirte mal durante mucho tiempo. Con esa información puedo decirle al instituto que tiene que buscar una solución para que los compañeros del instituto no te vuelvan a hacer daño (ni física ni emocionalmente) para que puedas ir a clase sin miedo y, a los organismos públicos, que tú eres quién ha sufrido violencia y que no han sabido protegerte y que el problema no es que tu madre intente protegerte sino la violencia en la escuela.
Ahora que todos sabemos lo mal que lo has pasado en la escuela y en instituto, los mayores debemos encontrar una forma para que dejen de hacerte daño algunos compañeros del instituto y puedas ir a clase sin miedo para aprender lo que los profesores y profesaras te enseñan y relacionarte con tus amigos y amigas del instituto.
Quiero que sepas que tus explicaciones no sólo nos han ayudado a tomar esta decisión sino que también ayudará a otros niños, niñas y adolescentes que se encuentren en una situación parecida.
Tu mamá también ha sido muy valiente apoyándote en todo omento y luchando para que dejen de hacerte daño y te ayuden quiénes tienen la obligación de dar esa ayuda.
Espero que en la Unidad AIDA te hayas sentido protegido y que sigan ayudándote para que puedas continuar aprendiendo sin miedo un lugar libre de violencia.
Este ejemplo resalta la necesidad de humanizar el lenguaje jurídico cuando se trata de asuntos que involucran al desarrollo y bienestar de los menores. Más allá de la técnica legal, la función didáctica de las resoluciones dirigidas a este grupo demográfico implica la responsabilidad de proporcionar no solo una resolución justa, sino también una explicación que nutra humanamente su comprensión. Con ello se consigue además contribuir a su formación pedagógica pues al adoptar un enfoque didáctico, las resoluciones judiciales pueden convertirse en herramientas poderosas para moldear la percepción de los menores sobre la justicia y contribuir positivamente a su desarrollo integral.