El efecto catártico de la consulta
Me viene a la memoria el caso que leí hace tiempo de un taxista que acostumbraba a acudir cada semana a la consulta del abogado para tratar de la infidelidad de su esposa. A primera vista el hecho parecía ser real y descartaba la posibilidad de una mera celotipia.
Cuando el cliente siente córela
No se decidía actuar judicialmente. Pasado un tiempo el abogado le manifestó que su asunto estaba ya archiestudiado y que no hacía falta que se vieran más veces hasta tanto no se decidiera a acudir a los tribunales. Al día siguiente este hombre en un arrebato de cólera asesinó a su mujer y a su suegra en el portal de su casa.
La conveniencia de dejar hablar al cliente durante la consulta
Hay ocasiones en las que el cliente tan solo nos necesita para “contarnos su caso”, es decir, para explayarse o desahogarse. “Fíjese usted lo que me han hecho”, “ahora se enterará el fulano ese”; “perdone que tal vez sea un poco extenso, pero es necesario que le cuente todo de cabo a rabo”. Y luego de esta introducción sigue una interminable historia, cual una serie, la mayoría de cuyos capítulos suelen tener muy escaso interés jurídicos. Por consiguiente, la lección que nos aporta el caso es muy simple: ese hombre cada vez que relataba a su abogado los hechos, iba liberando su hostilidad por medio de una catarsis. Pero el día en que ya no pudo proseguir por este camino, adoptó entonces la respuesta más primitiva y cruenta.
El diálogo con el cliente contribuye muchas veces a reducir su ansiedad. Esto es así porque la palabra del abogado informándole de los argumentos legales y jurídicos que avalan su pretensión actúa como un tranquilizante tan poderoso como pudiera ser un ansiolítico. Con esto no digo nada nada de nuevo, pues entra dentro de los efectos típicos del consejo jurídico. Lo que sí estimo más interesante es resaltar algunos de los procesos psicológicos que se dan en esta clase de entrevistas, y la especial situación que se crea en el supuesto de que el abogado deba decirle al cliente que no tiene razón legal aunque sí jurídica.
Desde el punto de vista psicológico este tipo de conductas que suele desplegar con nosotros el cliente cubre tres importantes finalidades:
1.- Disminuye el nivel de ansiedad desde el momento en que la desgracia o el dolor comunicado es compartido. Algo parecido a lo que ocurre con el acto de la confesión.
2.- Le libera de muchas tensiones emocionales que se ha ido acumulando y comprimiendo en su interior. La cólera y la sensación de rabia provocada por el adversario suele manifestarse con mayor intensidad en el momento de la consulta con el abogado, en la primera o primeras, pues es en este momento donde el cliente se halla más próximo a la situación frustratoria y todavía no ha tenido tiempo de desgastarse por la fatiga.
3.- Luego la presentación de la denuncia o la demanda consigue que el cliente acabe en un estadio, diríase, profundamente narcisista, “tengo la razón, y el vecino me va a mirar con otros ojos cuando le condenen”.
¿Qué cosas le gustan escuchar al cliente?