Se trata de un noticia publicada en Confilegal el pasado día 18. Resumo el caso: ella enviudó, empezó a cobrar su pensión de viudedad y, tiempo después, se casó por la Iglesia. Boda canónica, parroquia, libro sacramental, “sí, quiero” y todo lo demás. Durante 16 años, la pensión siguió llegando puntual.
El problema es que, a diferencia de las homilías, las pensiones de viudedad tienen letra pequeña. Y en esa letra pequeña se explica que si te casas de nuevo, la prestación se extingue. También si te casas “solo” por la Iglesia.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado 2 años de prisión para esa mujer que durante todos esos años ocultó su matrimonio religioso para seguir cobrando la pensión de viudedad. En total, hablamos de 311.641,39 € indebidamente percibidos, que ahora deberá devolver con intereses, más una multa por el mismo importe. Total aproximado: 623.282,78 € por confundir “hasta que la muerte nos separe” con “hasta que el INSS se entere”. La resolución subraya que también el matrimonio canónico, aunque no se inscriba en el Registro Civil, extingue la pensión si quien la cobra sabe que se casa y calla para seguir cobrando.
La sentencia recuerda algo muy poco teológico y muy poco romántico: en nuestro sistema, el amor será cosa de dos, pero la pensión es cosa de tres… y el tercero se llama Seguridad Social.
“No podéis servir a Dios y al dinero” (Mt 6,24).
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