Condena al sindicato CCOO por vulneración derechos fundamentales.
El Tribunal Supremo acaba de ratificar una paradoja al condenar al sindicato CCOO de Galicia por vulnerar el derecho de huelga de sus propios juristas, con una indemnización de 7.501 euros por cada uno de los 15 letrados afectados.
La antinomia resulta fascinante desde una perspectiva hermenéutica, una suerte de metalepsis jurídica donde el guardián se torna infractor de aquello que custodia.
La reflexión que cabe extraer del caso trasciende lo meramente anecdótico cuando consideramos que el derecho, al fin y al cabo, exige de sus operadores esa correspondencia entre el discurso y la acción que Aristóteles denominaba phronesis. Aunque, bien mirado, si los juristas comenzáramos a emular la coherencia discursiva de la clase política actual, probablemente tendríamos que redefinir completamente los fundamentos nuestra profesión.
Quien predica la justicia debe, ante todo, practicarla. O como dirían nuestros abuelos, con esa sabiduría popular que a menudo anticipa las más sofisticadas elaboraciones doctrinales: «en casa de herrero, cuchillo de palo».
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